ENCUENTRO NACIONAL
“UNA SALIDA A LA CRISIS POLITICA DESDE LA SOCIEDAD CIVIL”

Propuesta desde la Sociedad Civil
Para Restaurar la Confianza en el Sistema Electoral

I.      Considerando que:

En reiteradas ocasiones, diversas organizaciones y sectores del país nos pronunciamos sobre la crisis política generada por las irregularidades de los resultados de las elecciones municipales de 2008, provocadas por la falta de independencia del Consejo Supremo Electoral.

En consecuencia un sector muy importante de los ciudadanos hemos perdido la confianza en las autoridades electorales y estamos siendo afectados por la suspensión de la cooperación internacional, cuyos recursos son destinados a proyectos de desarrollo y a gastos sociales de la población.

Habiendo transcurrido más de seis meses de realizadas las elecciones, hasta la fecha no se ha obtenido ninguna respuesta de las autoridades electorales, ni las autoridades nacionales han abierto espacios de discusión con los ciudadanos para resolver la crisis política que atraviesa el país.

Ante las pretensiones expresadas por algunos partidos políticos de realizar reformas a la Constitución Política, como organizaciones de la sociedad civil creemos que esta iniciativa no abonará a resolver la actual crisis política.

II.      Por tanto:

Para recuperar la confianza en el sistema electoral y con la finalidad de  garantizar que en los futuros procesos electorales no se vuelva a repetir esta situación; actores sociales representativos de la sociedad nicaragüense hemos resuelto suscribir el siguiente Acuerdo Nacional:

1. Cambio de autoridades del Consejo Supremo Electoral.

Renuncia o destitución de los actuales Magistrados por la Asamblea Nacional y designación de nuevos Magistrados, mediante un proceso público de selección, basado en el prestigio profesional y moral de los postulantes, bajo condición de su total desvinculación de cualquier partido político.

2. Elecciones municipales 2008:

Los Magistrados electos conforme al punto anterior, deberán tomar las medidas legales y administrativas correctivas necesarias para legitimar, transparentar e informar los resultados de las elecciones municipales del nueve de noviembre 2008.

3. Reformas básicas a la Ley Electoral sin reformar la Constitución Política, para establecer un sistema electoral:

3.1 Independiente: un sistema que tenga plena autonomía en la toma de decisiones y no dependa de decisiones político partidarias.

A través del:

  • Nombramiento de los Consejos Electorales Departamentales, Regionales y Municipales de manera proporcional a los votos obtenidos en las últimas elecciones de diputados departamentales. 
  • Nombramiento de miembros de las Juntas Receptoras de Votos de una lista de ciudadanos seleccionados de manera aleatoria del Padrón Electoral del Municipio.

3.2 Inclusivo: un sistema que permita la participación de mayores alternativas políticas y ciudadanas para optar al poder en la escogencia de los gobernantes.

Para ello:

  • Flexibilizar los requisitos para la constitución de alianzas electorales de partidos políticos, nacionales o por municipio, conservando su personalidad jurídica e identidad partidaria.
  • Regular la aplicación de la iniciativa popular para plebiscitos y referendos a  solicitud de cincuenta mil ciudadanos.
  • Selección directa de Diputados y Concejales utilizando el sistema de listas cerradas pero no bloqueadas, en la cual cada votante tendrá libertad de definir el orden de la lista de candidatos presentada por el partido político de su preferencia.
  • Restaurar el derecho de los nicaragüenses de presentar candidaturas por suscripción popular, en elecciones municipales y regionales.
  • Igualdad de oportunidades para mujeres y jóvenes al establecer cuotas de participación en la lista de candidatos, del 50% de mujeres y 20% de jóvenes entre 21 y 30 años.

3.3  Transparente: un sistema que permita conocer el desarrollo y los resultados del proceso electoral.

Estableciendo:

  • La obligatoriedad del CSE de divulgar la totalidad de los resultados preliminares detallados por JRV y basados en las Actas de Escrutinio, en el término de 72 horas después de realizada la votación; y el detalle por JRV y Municipio de los resultados provisionales y finales.
  • Un ordenamiento de los recursos (impugnaciones) en materia de votación, escrutinio y transmisión de resultados, creándose un título con capítulos para cada tipo de recurso.
  • La obligatoriedad del CSE de acreditar a los observadores electorales nacionales e internacionales.

III.     Con este propósito:

Invitamos a los demás sectores representativos de la sociedad nicaragüense a suscribir este Acuerdo Nacional y respaldar la acción ciudadana en demanda a su implementación.

Demandamos a los partidos políticos y diputados de la Asamblea Nacional, el respaldo e implementación de este Acuerdo Nacional; garantizando así la estabilidad democrática y  política de Nicaragua.

Demandamos al Presidente de la República retome esta propuesta de salida a la crisis como un aporte desde la sociedad civil organizada y comprometida con Nicaragua, respaldados y en ejercicio de los derechos que nos otorgan la Constitución Política y las leyes.

Firmas de las organizaciones que respaldan:

(Documento original escanerado )

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